No pormenoriza tampoco que las comunidades que autorizan las máquinas auxiliares de apuestas en hostelería son Galicia, Navarra, País Vasco, Comunidad Valenciana, La Rioja y Ceuta, dejando "en blanco" la cobertura de ese apartado en el resto, lo que no es suficientemente clarificador de la realidad.

Es en la sección de Locales y Elementos de Juego, que corresponde a la página 1/4 del mencionado Informe difundido ayer, cuyo título es 'Locales de Juego'. En la primera acepción que refiere el dato de cada comunidad autónoma identifica los locales de hostelería que contienen máquina B (también aquellas comunidades que incluyen máquinas auxiliares de apuestas) dentro de la categorización de 'locales de juego'.

¿Error involuntario o error tendencioso? Sin tener capacidad objetiva de respuesta a la pregunta, la DGOJ debería corregir el error porque ninguna Administración autonómica en su normativa asigna a los establecimientos de hostelería la condición de 'locales de juego' por lo que tal apreciación en un documento que a buen seguro será consulta habitual para muchas personas que quieran conocer el mercado del Juego en España debería ser enmendado.

Posteriormente en el apartado 'Locales y Elementos de Juego página 4/4' agrupa todas las máquinas B, eso sí, diferenciando el tipo de establecimiento, pero sin aclaración alguna sobre el grado de intensidad de juego de las diferentes tipologías de máquinas B. No es lo mismo una oferta recreativa de premio limitado que se oferta en hostelería de la intensidad de las máquinas B especiales de Salón o de Bingo. Otro factor que para los neófitos en la materia también es susceptible de generar confusión.

Y en esa misma línea la mezcla del concepto 'azar' al referirse a las máquinas B, cuyas homologaciones recogen las normativas autonómicas con un programa de ciclos de premios y de partidas.

No basta con el Anexo de detalles de Máquinas B, que reconoce un esfuerzo en el ejercicio de recopilación, porque la captura de pantalla que induce a la confusión está en las páginas precedentes.

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Mitos y Realidades del Juego

En torno a la oferta de juego regulada en España han surgido una serie de afirmaciones no ajustadas a la realidad. A través de noticias que aparecerán sucesivamente en este espacio, confrontaremos ciertos mitos que han consolidado principalmente en los medios de comunicación generalistas.

Público o Privado: la esencia del juego no varía, es la misma

¿Acaso el sector del Juego en España es una 'jungla'? Desde 1977 está sometido a una extensa y altísima regulación autonómica y estatal

Jugar forma parte del ocio y del entretenimiento de los españoles en el ejercicio de su libertad y responsabilidad individuales

El consumo de juego real en España, un 50% por debajo de los niveles de 2019

¿Es cierto que hay demasiada publicidad del juego, cuya finalidad es atraer dinero fácil?

Los establecimientos de juego siempre han buscado las zonas urbanas más comerciales y con mayor densidad de población

¿Acaso una empresa autorizada sujeta a multitud de requisitos administrativos, fiscales y normativos puede estar interesada en menores que se cuelan en el local?

Que los establecimientos de juego tengan fachadas opacas y vidrieras oscuras es un criterio normativo impuesto por la Administración

El sector del juego de entretenimiento privado defiende el criterio de distancia entre salones y otros locales de juego cuando se respeta la seguridad jurídica de las empresas

La práctica del juego legal en España es una actividad ejercida por la ciudadanía en el uso de su responsabilidad y libertad individual

España, entre los cuatro países del mundo occidental con un menor indicador de juego problemático

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