Pregunta que formula el abogado y secretario General Técnico de AEMEXA-Extremadura, Juan Puerto Murillo, al conocer la adjudicación de la función disciplinaria y sancionadora de los Juegos ONCE al Consejo del Protectorado en el Acuerdo General ONCE-Estado 2022/2031.
La publicación por la revista Joc Privat (JP364/Septiembre 2022) y por JPNoticias del 30 de septiembre de 2022 del contenido del Acuerdo General ONCE-Estado en la próxima década sigue revelando numerosas derivadas que demuestran el increible trato de favor hacia los Juegos ONCE por el Gobierno español.
El abogado Juan Puerto lo analiza en la edición de la revista Joc Privat (JP365/18 Octubre 2022) bajo el título "A la ONCE no le alcanza cumplir con las políticas de 'juego responsable'".
Recuerda que el Acuerdo estipula que los agentes vendedores y los responsables de la red comercial externa tienen que suscribir un 'código de conducta' en el cual se comprometen a no vender productos de juego a menores o autoprohibidos. Pero Puerto precisa que desde la sentencia del Tribunal Constitucional de 19 de diciembre de 1991 (STS 246/1991) la responsabilidad a efectos sancionadores de las personas jurídicas se identifica como "la capacidad de infringir las normas a las que están sometidas las empresas y entidades privadas y públicas".
De ahí que acto seguido formule una pregunta clave para entender cómo es posible que los Juegos ONCE queden fuera del alcance del régimen sancionador de la ley estatal y se invistan con unos privilegios inexplicables: "¿El Acuerdo suscrito exonera de toda responsabilidad a la ONCE como entidad con personalidad jurídica propia en materia de incumplimiento de normativa de 'juego responsable' y ésta es trasladada tangencial y exclusivamente a los agentes y colaboradores mediante un 'código de conducta' versus las infracciones y sanciones en esta materia que han incorporado recientemente a las leyes de Juego, cuya imposición de sanciones a las empresas operadoras del sector privado puede alcanzar miles de euros?"
Otro de los curiosos 'compromisos' sobre juego responsable ad hoc a los Juegos ONCE incluidos en el Acuerdo General es que "la identificación de los usuarios mayores de edad o no inscritos en el Registro de Interdicciones sólo es exigible cuando el cobro de premios lo sea igual o superior a 2.000 euros".
Y no puede olvidarse tampoco que la Cláusula 19.7.b.ii del Acuerdo General detalla que la ONCE remitirá a partir del 1 de julio de 2023 a la DGOJ los datos de cada una de las modalidades y productos o grupos de productos relativos a ventas, premios y botes, limitando la petición del DNI a aquellos generados en el ámbito Online.