Al comunicar la reunión el pasado 17 de junio, en JPNoticias criticamos la ausencia de ‘declaración’ alguna, máxime cuando el alcance del Encuentro incluía la representación de hasta 6 países europeos, una circunstancia que la DGOJ corrige aparentemente al publicar en su sitio web la ‘declaración conjunta’ en español e inglés.

A propósito de los ‘rascas’, cuatro de los seis reguladores participantes en la reunión (Austria, Francia, España y Reino Unido) “constatan en sus respectivas jurisdicciones la importante dimensión de las loterías instantáneas”. Admiten que a menudo son compartidos por menores y padres, “pero son un producto de juego que conlleva riesgos”. En esa línea transmiten “compromiso para trabajar juntos para garantizar la aplicación efectiva de nuestras normativas nacionales de protección de los jugadores, especialmente los menores, que no deberían iniciarse en el juego a través de este tipo de oferta”.

Paralelamente los 6 representantes de regulación se hacen eco de la jurisprudencia prejudicial del Tribunal de Justicia de la Unión Europea “que se está aplicando en varios países” (…) “que observamos cada vez más como desafíos a los principios en nuestras diversas jurisdicciones”.

La Declaración reitera la libertad de prestación de servicios y la libertad de establecimiento para las empresas de Juego. Pero subraya que “también reconoce que los Estados miembros pueden imponer restricciones proporcionadas a estas libertades para regular el juego y especialmente para proteger a los jugadores mediante leyes nacionales”.

Los reguladores expresan voluntad de “cooperar o incluso intervenir en estos procedimientos para garantizar que se respete la jurisprudencia del Tribunal que protege a los jugadores”.

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Mitos y Realidades del Juego

En torno a la oferta de juego regulada en España han surgido una serie de afirmaciones no ajustadas a la realidad. A través de noticias que aparecerán sucesivamente en este espacio, confrontaremos ciertos mitos que han consolidado principalmente en los medios de comunicación generalistas.

Público o Privado: la esencia del juego no varía, es la misma

¿Acaso el sector del Juego en España es una 'jungla'? Desde 1977 está sometido a una extensa y altísima regulación autonómica y estatal

Jugar forma parte del ocio y del entretenimiento de los españoles en el ejercicio de su libertad y responsabilidad individuales

El consumo de juego real en España, un 50% por debajo de los niveles de 2019

¿Es cierto que hay demasiada publicidad del juego, cuya finalidad es atraer dinero fácil?

Los establecimientos de juego siempre han buscado las zonas urbanas más comerciales y con mayor densidad de población

¿Acaso una empresa autorizada sujeta a multitud de requisitos administrativos, fiscales y normativos puede estar interesada en menores que se cuelan en el local?

Que los establecimientos de juego tengan fachadas opacas y vidrieras oscuras es un criterio normativo impuesto por la Administración

El sector del juego de entretenimiento privado defiende el criterio de distancia entre salones y otros locales de juego cuando se respeta la seguridad jurídica de las empresas

La práctica del juego legal en España es una actividad ejercida por la ciudadanía en el uso de su responsabilidad y libertad individual

España, entre los cuatro países del mundo occidental con un menor indicador de juego problemático

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