La superficie de los juegos colectivos de dinero y azar de Comunidad de Madrid no puede ser inferior al 50% del total dedicado a juego
Las salas de bingo madrileñas tienen que adaptarse a las reformas incorporadas en el reglamento que data del 24 de junio de 2002 (decreto 105/2002), particularmente respecto del servicio de control de admisión.