El operador online alegaba que en las 'condiciones generales' se atribuía la capacidad de cerrar, suspender o restringir al usuario "cuando el cliente utilizara de forma fraudulenta, con fines ilegales, desleales o inadecuados su cuenta de usuario".
El Juzgado de Primera Instancia de Castro Urdiales estimó que "el cumplimiento del contrato no puede quedar al arbitrio de la empresa de apuestas, cerrar la cuenta sin argumento o razonamiento alguno y evitando que la marca cuando un apostante no le conviene porque gana pueda de forma unilateral restringirle sus derechos sin justficación y cerrarle la cuenta".
Ahora ha sido la Audiencia Provincial de Cantabria la que desestimó el recurso de Bet365, "ya que no advierte comportamiento colusorio o fraudulento, y no acreditarse que hubiera apostado conociendo de antemano el resultado de los eventos, ni se dedique profesionalmente al juego".
Según informa Europa Press, la gestión del pleito ha sido desarrollada por el Bufete Bauche Abogados de Oviedo.