La consejería de Hacienda abre período de alegaciones por quince días hábiles sobre el texto que reforma el reglamento de Máquinas, Apuestas e Inscripción en el Registro General de Prohibiciones de Acceso, y pretende regular el horario de apertura de los Salones.
Adjuntamos en la presente información el proyecto en trámite de audiencia que replica para Salones y Locales de Apuestas unas reformas que buscan dotar de "mayor eficacia" a los controles de acceso a este tipo de establecimientos. Los servicios de admisión estarían en las puertas de entrada al local para el control de acceso y se ocupará de la identificación de cuantos usuarios acudan al local y del registro de los mismos. Admite en el proyecto de reforma que tales funciones sean realizadas mediante un sistema informático previamente homologado que se conectará vía web con el Registro General del Juego de Prohibiciones de Acceso y cuya gestión corresponderá a una persona encargada en el local. El plazo de adaptación se fija en doce meses.
La existencia de servicio de hostelería en Salones y Locales de Apuestas debe situarse de tal modo que para su acceso el usuario haya sido previamente identificado y registrado por el servicio de admisión; en el caso de Locales de Apuestas limita la superficie de este espacio a no más del 50% de la superficie destinada a juego.
En la supresión de cartelería y no alusión a cotizaciones en el exterior de los locales se asigna un margen de adaptación de dos meses.
Además, el Gobierno murciano suscribe la idea de "aproximar un modelo técnico y normativo óptimo que garantice la máxima protección de la ciudadanía" y se vincule al Registro de Interdicciones Estatal. El veto de acceso a los locales de juego afecta incluso si las personas no quieren participar de los contenidos ofertados en el interior de los locales y permanezcan en zonas o áreas del local destinadas a servicios complementarios en los que no se desarrollen actividades de juego o de apuestas.
En cuanto al horario de los Salones prevé que abarque de las 08 a las 03:30 horas de la madrugada, excepto viernes, sábado y vísperas de festivo en que sería a las 04 horas.