La Direcció General de Tributs i Joc tiene que aprobar en las próximas semanas el impreso y el canal de presentación del mismo mediante Resolución.
Tal como adelantamos en ediciones precedentes, la medida se inscribe a cuenta del "diseño de la política fiscal en materia de Juego" que la Administración catalana se ha propuesto cuando menos abordar.
Los datos que deberá aportar la empresa operadora en los veinte primeros días de los meses de julio y enero relativos al semestre inmediatamente anterior deberán incluir número de permiso de explotación, número de partidas jugadas, importe de las cantidades jugadas e importe de los premios concedidos.
Según reza el artículo 38 de la ley 2/2021, de 29 de diciembre, publicada en el DOGC del último día del año, es una información que se subordina en cuanto a tratamiento, confidencialidad y medidas de seguridad a la legislación vigente en materia de Protección de Datos.