La nueva ley de Medidas de 2023 frena en la Disposición Adicional Octava la explotación en establecimientos de hostelería "de billetes, boletos o cualquier otra forma de participación en juegos por soporte material, informático, telemático, telefónico o interactivo, directamente o a través de cualquier local de pública concurrencia".
Este último redactado utiliza exactamente el mismo de la Disposición Adicional Primera. 4 de la ley estatal del Juego de 27 de mayo de 2011 cuando detalla que los juegos gestionados por SELAE y la ONCE se comercializan en "billetes, boletos o cualquier otra forma de participación, cuyo soporte pueda ser material, informático, telemático, telefónico o interactivo, directamente o a través de cualquier local de su red comercial externa".
Así pues, cabe deducir que los Juegos ONCE y los de SELAE quedan fuera del alcance de los establecimientos de hostelería valencianos, que era la pretensión del equipo de la Conselleria de Hacienda de la Generalitat, tal como testimonió en el ExpoCongreso de Torremolinos el director General de Tributs i Joc, Rafael Beneyto, cuando comunicó la pretensión de prohibir la comercialización de toda oferta de juego no autorizada por el Consell en establecimientos de pública concurrencia". En aquel momento Beneyto presumió "una discusión segura, pero lo vamos a intentar", circunstancia que aparentemente se habría cumplido al ratificar en la ley de Medidas 2023 el texto de la Adicional Octava.
Igualmente los establecimientos de juego tampoco pueden operar comercialmente juegos que no hubieran sido autorizados por la Generalitat.