El nuevo PGOU también restringe la instalación de tanatorios, gasolineras, discotecas y sex-shop en el casco urbano y en las áreas residenciales del término municipal.
En el caso de locales de juego, tiendas eróticas y sex-shop, reguladas en el PGOU, pueden instalarse en zonas residenciales desde la máxima de mantener una distancia mínima de 200 metros respecto de cualquier centro de Primaria o Secundaria, público o privado.
Igualmente este tipo de establecimiento tiene que mantener esa distancia respecto del Parc Maldonado, la zon verde adyacente a la Casa de Cultura, el Conservatorio de Música y Danza, el Pabellón de Deportes, el Polideportivo, el campo de fútbol y la piscina cubierta: la medición será en línea recta desde cualquier punto de la alineación exterior de la parcela desde la que se produzca el acceso habitual de los escolares hasta el punto de acceso de la actividad a implantar.
Como los lectores de JPNoticias conocen, la definición del criterio de distancias de establecimientos de juego es un criterio cuya titularidad corresponde a la Generalitat Valenciana. Está por ver si la Administración autonómica se interesa por este asunto.