La central sindical emite un nuevo comunicado en el cual denuncia el castigo que representa enfermar para los trabajadores/as de la Organización.
Cuando un vendedor de la ONCE está de baja, la Organización se ahorra el pago del salario del trabajador/a, y de la antigüedad si la tuviera, porque lo que paga en nómina durante el proceso de incapacidad temporal es abonado por la Seguridad Social a partir del día 16 de la referida baja y hasta completar el tope máximo. Es decir, la ONCE sólo tiene que pagar entre los días cuatro y quince, y únicamente el importe del 60% de lo cotizado el mes anterior.
Esta reflexión de FSC CCOO acontece tras recibir la información de los porcentajes de bajas médicas en los doce meses anteriores y la reiteración que "seguirá sin cobrarse el complemento por incapacidad temporal, una vez agotados los seis días de baja del mismo año los doce o dieciocho del año o dos años anteriores, limitando el complemento únicamente para las bajas por accidentes de trabajo o con hospitalización de más de tres días".