La Resolución de 4 de abril (BOE del 11 de abril que adjuntamos en la presente información) de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales con el nuevo reglamento de la lotería instantánea insta a que "los puntos de venta se comprometen expresamente a respetar toda la normativa de juego de la ONCE, y en especial, la referida a asegurar los procesos y políticas de juego responsable".
Al igual que indicábamos ayer a propósito de la prohibición de venta, también en el caso del 'rasca' la imposibilidad de vender sus boletos físicos alcanza a los interiores y entradas de centros escolares, "y en centros oficiales para la rehabilitación de personas jugadoras patológicas", según detalla literalmente la Resolución.
Al igual que en el Cupón, los centros hospitalarios en general quedan exentos de la prohibición o la asignación de una distancia, precisamente cuando estos espacios se han convertido en los últimos años en una auténtica pugna entre vendedores y con paso habitual de menores y presumiblemente vulnerables.
La reglamentación obliga a que "los puntos de venta autorizados informen "de los efectos perjudiciales de las prácticas no adecuadas de juego" y de la prohibición de compra del 'rasca' de la ONCE y del cobro de premios a menores de 18 años; personas incapacitadas legalmente o por resolución judicial; las personas físicas vinculadas a la ONCE; otras personas prohibidas, según la normativa vigente en cada momento, y; "cualquiera que sea el soporte de comercialización, las personas que voluntariamente hubiesen solicitado que les fuera prohibido el acceso o que lo tengan prohibido por resolución judicial firme e inscritas en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego.
Los puntos de venta autorizados corresponden con agentes vendedores que mantienen relación laboral con la ONCE y las personas físicas o jurídicas con las cuales sea suscrito un acuerdo por parte de la ONCE.
Capacita a los puntos de venta el abono de los boletos físicos premiados cuando sus cuantías no superen los 500 euros, o bien canjear el importe del premio hasta dicho límite por otros productos de lotería autorizados que la ONCE hubiera entregado para su comercialización.
Paralelamente los boletos de lotería instantánea también pueden seguir comprándose por el canal Internet (JuegosONCE.es). Aquí sí es exigido verificar el registro de identidad y edad, y se comprobará que la persona jugadora no está incursa en ninguna de las prohibiciones.
Según detalla el reglamento, la ONCE verificará documentalmente en los casos del canal internet la identidad del cliente que desee recargar saldo en cuenta virtual por encima de un límite total de 150 euros y retirar premios cualquiera que sea su importe.
Asegura que la ONCE verificará periódicamente que los clientes de JuegosONCE.es no estén inscritos en los Registros de Interdicción; si no fuera así, la ONCE suspenderá el registro del cliente.