La medida entró en vigor el 1 de abril, luego de publicarse la Resolución de 4 de abril de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales (BOE del 11 de abril), que adjuntamos en la presente información.
La prohibición de venta al público de los productos del Cupón de la ONCE es en el interior y entradas de centros escolares, "y en centros oficiales para la rehabilitación de personas jugadoras patológicas". Desde el 1 de abril no pueden crearse, ni establecerse nuevos puntos de venta autorizados que estén ubicados a menos de 10 metros de distancia de las entradas de los centros escolares y centros oficiales de rehabilitación de jugadores patológicos.
Sin embargo, la prohibición no alcanza a los centros hospitalarios en general que se han convertido en los últimos años en una auténtica pugna entre vendedores y con entrada frecuente de menores y a buen seguro que numerosos vulnerables.
La reglamentación obliga a que "los puntos de venta autorizados informen "de los efectos perjudiciales de las prácticas no adecuadas de juego" y de la prohibición de compra del Cupón de la ONCE y del cobro de premios a menores de 18 años; personas incapacitadas legalmente o por resolución judicial; las personas físicas vinculadas a la ONCE; otras personas prohibidas, según la normativa vigente en cada momento, y; "cualquiera que sea el soporte de comercialización, las personas que voluntariamente hubiesen solicitado que les fuera prohibido el acceso o que lo tengan prohibido por resolución judicial firme e inscritas en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego.
El Cupón de la ONCE mantiene como límite en el reparto de premios el máximo del 60% del valor facial de los boletos emitidos. Y el director General de la Organización está capacitado para modificar el calendario de los sorteos de los productos periódicos del Cupón.
Los puntos de venta autorizados corresponden a agentes vendedores con relación laboral con la ONCE y las personas físicas o jurídicas con las cuales sea suscrito un acuerdo por parte de la ONCE. Además, la compra puede realizarse por el canal Internet (JuegosONCE.es) en cuyo canal sí será registrada su identidad y edad, y se comprobará que no está incurso en ninguna de las prohibiciones.
Según detalla el reglamento, la ONCE verificará documentalmente en los casos del canal internet la identidad del cliente que desee recargar saldo en cuenta virtual por encima de un límite total de 150 euros y retirar premios cualquiera que sea su importe.
Asegura que la ONCE verificará periódicamente que los clientes de JuegosONCE.es no estén inscritos en los Registros de Interdicción; si no fuera así, la ONCE suspenderá el registro del cliente.
El reglamento no concreta quién supervisa a la ONCE en todas sus obligaciones. Tal como desvelamos en JPNoticias y Joc Privat en septiembre pasado, el Acuerdo Estado-ONCE otorga al Consejo del Protectorado la regulación y supervisión de los juegos en una medida que carece de referentes en el contexto de la Unión Europea.