El artículo 66 de la ley de Presupuestos Generales del Estado 2022 preserva los tipos tributarios en las distintas modalidades, que inciden tanto en la actividad desplegada en locales presenciales como remotamente por las empresas residenciadas en las dos Ciudades Autónomas.
Es decir, el tipo tributario general sigue siendo el 10%, lo que significa que la operativa de Bingo, de los operadores de juego online con residencia efectiva en ambas ciudades y la base imponible del casino de juego hasta 1.322.226'63 euros, se ajustarán al mismo.
En el caso de la operativa de los casinos ceutí y melillense los restantes tipos tributarios se ajustan a los tipos del 17'5%, 22'5% y 27'555%, según la base imponible oscile entre 1.322.226'64 y 2.187.684'06 euros, entre 2.187.684'07 y 4.363.347'88 euros, y más de 4.363.347'88 euros, respectivamente.
En el caso de las máquinas B se mantiene la cuota fiscal de 1.765'50 euros, eso sí, de devengo anual. En máquinas B de tres o más jugadores, la cuota se incrementará en un 50% por cada jugador adicional al tercero.
En las C la cuota de devengo anual preserva los 2.010'38 euros, y la configuración respecto de dos, tres y más jugadores sigue el mismo criterio aplicado a las B.