En Castilla y León el Acuerdo 58/21, de 3 de junio, determina los límites de aforo de los establecimientos de juego conforme a dos 'niveles de alerta': en el 'nivel 1' el aforo máximo es del 75% y ocupación máxima de 10 personas/mesa o agrupación de mesas, y en el 'nivel 2' el aforo máximo es del 50% y máximo de 6 personas/mesa.
En el 'nivel 2' el horario de cierre de los locales de juego es a la 1 hora de la madrugada sin admisión de nuevos clientes a partir de las 0 horas del viernes 4 de junio.
En la Ciudad Autónoma de Melilla la Orden 3802, de 3 de junio, asignó desde el 3 de junio y hasta 23:59 horas del 18 de junio la hostelería permanece abierta entre las 6 y las 2 horas de la madrugada; el local tiene que llevar un libro de registro de los clientes que permanezcan en el mismo a partir de las 0:30 horas para asegurar llegado el momento la trazabilidad de un caso positivo de coronavirus; prohibido consumo en barra y sólo en mesa con máximo de 6 comensales/mesa en el interior; mantenimiento de 1'5 metros de distancias entre el conjunto de sillas y mesas.
En Cantabria se implanta la desescalada del ocio nocturno (discotecas, pubs, salas de fiesta y baile o whiskerías), que pueden abrir hasta las 2 horas de la madrugada en municipios situados en niveles de alerta 1 y 2 con aforos máximos del 50% y un tercio, respectivamente. En estas alertas pueden sentarse en mesa en el interior de los locales un máximo de 6 personas.
En el caso de hostelería y locales de juego se mantienen los aforos del 50% en el 'nivel 1' y de un tercio en el 'nivel 2', aunque a diferencia del ocio nocturno, tendrá que cerrar a la 1 hora de la madrugada.
En Baleares el Acuerdo de 4 de junio (BOIB del viernes 4 de junio) determina los 'niveles de alerta sanitaria' en cada isla, que se identifican con el grado 1 generalizado, hasta las 24 horas del 19 de junio de 2021, salvo revisión anterior.
Además, el servicio de restauración de bares, cafeterías y restaurantes en espacios interiores hasta las 24 horas de cada día, salvo que las ordenanzas municipales establezcan una hora de cierre anterior con un aforo del 50% del aforo máximo autorizado de estos espacios; en todas las islas estos aforos quedan limitados a un aforo máximo de 150 personas, independientemente del porcentaje autorizado de aforo; prohibe el consumo y servicio en barra; ocupación máxima de 6 personas/mesa o agrupaciones de mesas. Por su parte, en los establecimientos de juego el aforo interior se limita al 50% del aforo máximo autorizado habitual; el cierre no excederá de las 24 horas, y; las actividades de restauración que se desarrollen se adaptarán a las condiciones fijadas específicamente para estas actividades.
En La Rioja no habrá cierre perimetral esta semana. Toda la comunidad se stúa en 'nivel 2', excepto los municipios de Calahorra, Arnedo, Haro y Navarrete, que se sitúan en 'nivel 3'.
Las medidas aplicables en hostelería son cierre según correspondiente licencia de actividad con el límite de las 2 horas de la madrugada, consumo en barra manteniendo distancia interpersonal de 1'5 metros entre las personas que consuman en barra y aforo máximo en interiores de 75% (nivel 2). En nivel 3 el aforo interior se sitúa en el 50% y cierre como máximo a las 2 horas de la madrugada.
Los locales de ocio y discotecas permiten su apertura, excepto si el municipio está en 'nivel 3', hasta las 2 horas de la madrugada, salvo que su licencia prevea una hora anterior