Jurista italiano lamenta que el Consejo de Estado de ese país no remita al TJUE cuestión prejudicial por el criterio de distancia de locales de juego como sí ha sucedido en el caso de Valencia
La Sección Cuarta del Consejo de Estado italiano ha emitido dos sentencias equivalentes en las que descarta seguir los pasos de los 6 Autos que el TSJ de Comunidad Valenciana remitió al Tribunal de Luxemburgo al entender “desproporcionadas” las distancias impuestas a los Salones de Juego y por la “desigualdad de trato y congruencia con el juego público” en la ley del Juego 1/2020, tal como informó ampliamente la revista Joc Privat (JP380/Octubre 2023).