La Resolución 21/2021, de 5 de mayo (BOR del 6 de mayo), de la Secretaría General Técnica de Salud concreta los cinco grados (incluido el de 'nueva normalidad'), ninguno de los cuales conlleva el cierre completo del interior de hostelería y ni de establecimientos de juego.
Como norma genérica determina que la evaluación territorial mínima se fija en los municipios de más de 3.000 habitantes, aunque se reserva la capacidad de reducir a conurbaciones urbanas o zonas básicas de salud, y siempre desde un análisis del conjunto de la comunidad atendiendo a su condición uniprovincial.
El cuadro definido distingue cinco niveles, incluido el de más bajo nivel de riesgo ('nueva normalidad') cuyo indicador de incidencia epidemiológica se sustenta en menos o igual a 25 casos de contagios en catorce días por 100.000 habitantes y un indicador asistencial igual o inferior al 2%. No se hacen menciones expresas en la Resolución a las condiciones de ningún tipo de actividad en tal supuesto.
- Nivel 1. Indicador de incidencia superior a 25 y menor o igual a 100 contagios por cada 100.000 habitantes en catorce días e indicador asistencial superior al 2% e inferior o igual al 5%: en hostelería interior de aforo al 75%, 10 personas/mesa o agrupación de mesas, distancia de 2 metros entre mesas, horario según licencia, y; en establecimientos de juego, 75% en el interior y 10 personas/mesa.
- Nivel 2: Indicador de incidencia superior a 100 y menor o igual a 200 contagios por cada 100.000 habitantes en catorce días e indicador asistencial superior al 5% e inferior o igual al 10%: en hostelería interior de aforo al 75%, recomendación de 6 personas/mesa o agrupación de mesas, distancia de 2 metros entre mesas, cierre a las 0 horas y prohibición de consumo en barra, y; en establecimientos de juego, 75% en el interior y 6 personas/mesa.
- Nivel 3: Indicador de incidencia superior a 200 y menor o igual a 350 contagios por cada 100.000 habitantes en catorce días e indicador asistencial superior al 10% e inferior o igual al 15%: en hostelería interior de aforo al 50%, recomendación de 6 personas/mesa o agrupación de mesas, distancia de 2 metros entre mesas, cierre a las 23 horas y prohibición de consumo en barra, y; en establecimientos de juego, 50% en el interior, prohibición consumo en barra y 2 metros entre sillas de mesas distintas.
- Nivel 3+: Indicador de incidencia superior a 350 contagios por cada 100.000 habitantes en catorce días e indicador asistencial superior al 15%: en hostelería interior de aforo al 33%, recomendación de máximo 6 personas/mesa o agrupación de mesas, distancia de 2 metros entre mesas, cierre a las 23 horas y no aceptación de entradas a partir de las 22 horas, y prohibición de consumo en barra, y; en establecimientos de juego, 33% en el aforo interior.