La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo estima el recurso de la Xunta contra el Auto que en agosto pasado había rechazado tal requisito considerando que "ponía en riesgo el derecho de la intimidad, igualdad o suponer agravios comparativos con otras actividades mercantiles".
La Sala entiende que "el beneficio que proporciona la medida respecto de la reducción significativa de los contagios es muy superior al sacrificio que comporta la exigencia de presentar la documentación para el acceso al local". En cualquier caso, el TS señala que "la exigencia de exhibir el 'pasaporte Covid' debe someterse a autorización o ratificación judicial porque puede afectar de forma tenue a los derechos fundamentales a la igualdad, a la intimidad y a la protección de datos de la persona".
El veredicto descarta la vulneración del derecho fundamental a la protección de los datos personales porque "se trata de enseñar o mostrar la documentación en cualquiera de las tres modalidades exigidas sin que puedan recogerse los datos de los asistentes a tales locales, ni pueda elaborarse un fichero, ni hacer un tratamiento informático al respecto".
Hay un voto particular contrario al entender que "la exigencia afecta de forma severa, extensa e intensa a los derechos de igualdad e intimidad, y no de modo leve, como se afirma en el texto" (...) "Supone ofrecer un trato diferente a personas que tienen una misma situación al exigir certificado de pauta completa de vacunación cuando nadie tiene la obligación de vacunarse; se exige certificado de negatividad de prueba diagnóstica cuando nadie está obligado a someterse a esa prueba, y; se exige certificado de recuperación cuando no todos han pasado la enfermedad" (...) "No es constitucionalmente posible porque la igualdad comporta el trato igual de los iguales, tal y como el Constitucional ha dicho con reiteración sin que sea necesario hacer cita expresa de sentencias que la Xunta ya mencionaba en su solicitud de autorización judicial de las medidas".
El voto contrario también aprecia 'afectación al derecho a la intimidad' "porque se impone la obligación de revelar datos personales relativos a la vacunación o realización de una prueba".