Eliminación progresiva de las máquinas de apuestas en hostelería y restauración, 200 metros lineales con centros docentes e inclusión bajo el paraguas de la ley del Juego de las máquinas A y las combinaciones aleatorias, pese a que ambas están excluidas de la Directiva de Servicios y en la trasposición realizada por Las Cortes españolas.
La Ponencia del Parlamento de La Rioja ha completado la redacción del texto del proyecto de ley del Juego sobre el que en las próximas semanas deberá debatir el legislativo autonómico.
Asigna un máximo de autorizaciones de explotación de los que pueda ser titular una empresa operadora en el 15% del parque regional de cada tipo de máquina. La inscripción de la empresa operadora tendría una duración de 10 años, renovable. Capacita la autorización de instalación de las B en hostelería (por 5 años) a una única empresa operadora, si bien la redacción del texto suprime la referencia a 'máquina recreativa con premio limitado', que siempre ha sido la esencia de la máquina B.
En una de las Transitorias señala que las máquinas de apuestas seguirán operando hasta que finalicen el período de autorización de cada una de ellas en la hostelería y restauración.
Respecto de los establecimientos de juego con autorización de funcionamiento que hubiera sido concedida con anterioridad al 1 de enero de 2020 y que en la 'renovación' no cumplieran con el requisito de la distancia el proyecto de Transitoria Segunda.2 tenga una única renovación por un período máximo de 5 años.
El proyecto de ley atribuye que los horarios de apertura y cierre serán determinados por el órgano competente en materia de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
Bajo el criterio de Planificación, si hubieran sido limitados número y distribución territorial de autorizaciones administrativas, se apunta que las nuevas autorizaciones lo serían mediante concurso público.
Estipula que el personal de las empresas operadoras tenga formación adecuada y continuada sobre regulación del Juego, prevención de riesgos asociados, políticas de juego responsable, identificación de conductas adictivas asociadas y buenas prácticas de intervención ante situaciones de 'juego problemático y patológico'.
Corrige la versión inicial del anteproyecto y añade un criterio de graduación de las sanciones, "prevaleciendo criterios de proporcionalidad entre la infracción y la cuantía y efectos de la sanción".
La propuesta legislativa otorgaría destino finalista a la recaudación obtenida por los ingresos procedentes de multas y sanciones previstas en la ley destinada a entidades que tratan patologías.