La Autoridad reguladora de los Mercados y la Competencia "recomienda" un procedimiento de consulta por el operador antes que éste quede obligado a suspender la actividad de juego en personas con comportamientos de riesgo en el proyecto de real decreto de entorno de juego más seguros.

La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) no estima, en líneas generales, que el proyecto presente restricciones injustificadas a la competencia porque prevalece la razón de salud pública "en forma de prevención de la adicción al juego". Sin embargo, reitera que "los acuerdos entre operadores contemplados en determinados ámbitos de la normativa de Juego están sujetos a la normativa de defensa de la competencia y deben evitar propiciar el intercambio de información comercialmente sensible entre aquellos".

Precisamente este último alegato es el que le induce a reiterar por enésima vez "la conveniencia de replantear el otorgamiento de funciones propias de la autoridad reguladora del Juego al Consejo del Protectorado de la ONCE". No es la primera vez que emite esta indicación, sin que hasta el momento haya obtenido demasiada empatía por parte del Gobierno.

En cuanto al texto del proyecto de real decreto de Entornos de Juego más Seguros se limita a emitir una "observación de mejora" a propósito de la obligación de los operadores de juego de suspender la actividad en el supuesto de personas que presentan comportamientos de juego de riesgo en determinadas circunstancias.

La recomendación que efectúa en este sentido es que, "en el supuesto de sospecha, contemple un procedimiento de consulta por el operador a la autoridad de regulación del juego para que la decisión tenga el mayor respaldo técnico-jurídico posible".

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Mitos y Realidades del Juego

En torno a la oferta de juego regulada en España han surgido una serie de afirmaciones no ajustadas a la realidad. A través de noticias que aparecerán sucesivamente en este espacio, confrontaremos ciertos mitos que han consolidado principalmente en los medios de comunicación generalistas.

Público o Privado: la esencia del juego no varía, es la misma

¿Acaso el sector del Juego en España es una 'jungla'? Desde 1977 está sometido a una extensa y altísima regulación autonómica y estatal

Jugar forma parte del ocio y del entretenimiento de los españoles en el ejercicio de su libertad y responsabilidad individuales

El consumo de juego real en España, un 50% por debajo de los niveles de 2019

¿Es cierto que hay demasiada publicidad del juego, cuya finalidad es atraer dinero fácil?

Los establecimientos de juego siempre han buscado las zonas urbanas más comerciales y con mayor densidad de población

¿Acaso una empresa autorizada sujeta a multitud de requisitos administrativos, fiscales y normativos puede estar interesada en menores que se cuelan en el local?

Que los establecimientos de juego tengan fachadas opacas y vidrieras oscuras es un criterio normativo impuesto por la Administración

El sector del juego de entretenimiento privado defiende el criterio de distancia entre salones y otros locales de juego cuando se respeta la seguridad jurídica de las empresas

La práctica del juego legal en España es una actividad ejercida por la ciudadanía en el uso de su responsabilidad y libertad individual

España, entre los cuatro países del mundo occidental con un menor indicador de juego problemático

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