La Autoridad reguladora de los Mercados y la Competencia "recomienda" un procedimiento de consulta por el operador antes que éste quede obligado a suspender la actividad de juego en personas con comportamientos de riesgo en el proyecto de real decreto de entorno de juego más seguros.
La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) no estima, en líneas generales, que el proyecto presente restricciones injustificadas a la competencia porque prevalece la razón de salud pública "en forma de prevención de la adicción al juego". Sin embargo, reitera que "los acuerdos entre operadores contemplados en determinados ámbitos de la normativa de Juego están sujetos a la normativa de defensa de la competencia y deben evitar propiciar el intercambio de información comercialmente sensible entre aquellos".
Precisamente este último alegato es el que le induce a reiterar por enésima vez "la conveniencia de replantear el otorgamiento de funciones propias de la autoridad reguladora del Juego al Consejo del Protectorado de la ONCE". No es la primera vez que emite esta indicación, sin que hasta el momento haya obtenido demasiada empatía por parte del Gobierno.
En cuanto al texto del proyecto de real decreto de Entornos de Juego más Seguros se limita a emitir una "observación de mejora" a propósito de la obligación de los operadores de juego de suspender la actividad en el supuesto de personas que presentan comportamientos de juego de riesgo en determinadas circunstancias.
La recomendación que efectúa en este sentido es que, "en el supuesto de sospecha, contemple un procedimiento de consulta por el operador a la autoridad de regulación del juego para que la decisión tenga el mayor respaldo técnico-jurídico posible".