Hasta las 24 horas del 28 de febrero la eficacia del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 29 de noviembre de 2021 que asignó medidas temporales y excepcionales cuando estos locales se encuentren en los distintos niveles de alerta sanitaria.
Detalla las condiciones en las que puede desarrollarse el ocio nocturno con aforo interior del 75% del autorizado (nivel 0) y 60% (nivel 1 o superior); no consumo en barra (sólo recoger consumiciones), y; cierre a las 05 horas máximo.
En bares de copas (pubs) y cafés-concierto: aforo máximo del 75% (nivel 0) y 60% (nivel 1 y superior); distancia mínima de 1'5 metros entre sillas de las distintas mesas; cierre según autorización de licencia municipal o propia de la actividad.
En 'nivel 1 o superior' 'Certificado Covid' en ocio nocturno, bares de copas, cafés-concierto y pubs, locales de restauración de aforo inferior a 50 personas y locales de juego en general.
En los locales de juego también será exigible 'certificado Covid' en 'nivel 3 o superiores'.