El colectivo de Salones explica directamente a los medios de comunicación aragoneses y a la opinión pública que la nueva norma "no aporta nada que no pudiera haberse hecho vía decreto", coarta la libertad de empresa a quienes despliegan su labor en un marco legal, pero les "hurta capacidad de publicitarse o comunicarse comercialmente con sus clientes aunque éstos lo pidan, mientras Online, SELAE y ONCE lo pueden practicar libremente", y no asigna planes de apoyo o aportación económica "a los colectivos a los que pretende proteger y que el sector del Juego sí tiene".
Fueron José Antonio Rubio y Jesús Tremosa quienes ayer quisieron posicionar públicamente a la representación empresarial respecto del anteproyecto de ley que en breve será remitido a Las Cortes por el Ejecutivo. Ambos transmitieron el deseo de los distintos grupos parlamentarios para que hagan posible su mejora durante las enmiendas. "Ya hemos transmitido que esa falta de sensibilidad puede traducirse en que muchas familias y empresas aragonesas con décadas de trayectoria pueden verse muy afectadas porque una treintena de establecimientos corren riesgo de cierre y 2.000 empleos directos de desaparición", explicó Rubio. "Aunque no consideramos necesaria esta ley, la aceptamos en aras de lograr una mayor transparencia y responsabilidad. No tiene sentido causar daños gratuitos que no benefician a nadie, salvo que se busque obtener un rédito político o una repercusión mediática sin mirar más allá o atender el interés general".
Varios son los frentes abiertos que AESA cuestiona, entre ellos la monitorización en tiempo real por la Administración de las máquinas instaladas en los Salones que suponen inversiones imposibles de afrontar para la gran mayoría de ellos. "Abogamos por una sustitución paulatina porque es inasumible hacerlo de una vez", señalaron.
El requisito de homologación de las plataformas, material de software, equipos, terminales y demás instrumentos complementarios o conexos a la actividad "aventura la paralización de un sector dotado de una importante capacidad tecnológica en un sinfín de áreas: terminales de pago, programas de contabilidad, cajas registradoras, envío de información, etcétera".
No incluir en los controles de acceso tecnología como medios de reconocimiento biométrico que ya permiten otras comunidades y que deba hacerse por personal de sala "obliga a duplicar el personal y, de nuevo a incurrir en cuantiosos gastos".
El anteproyecto de ley también requiere que los Salones conserven las grabaciones audiovisuales durante tres meses en vez de un mes como ocurre actualmente, "lo que además choca frontalmente con el artículo 22 de la ley Orgánica 3/18, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, que obliga a suprimir los datos con carácter general, y salvo circunstancias extraordinarias, en el plazo máximo de un mes desde su captación".