Modificado el decreto 183/2000, de 24 de octubre, que regula la Comisión de Juego de la comunidad autónoma de Aragón.
La presencia de los titulares de las Direcciones Gnerales de Salud Pública, Educación No Universitaria, Consumo y Familia, así como del Instituto Aragonés de Servicios Sociales y de la Juventud, que sean seis los representantes de las organizaciones sindicales, y que participe un representante de la Federación de Municipios, Comarcas y Provincias son las novedades en la composición de organismo. El sector Salones queda formalmente incorporado también a la relación empresarial, que estará cubierto por seis representantes de otros tantos sectores, incluida la Hostelería en este nivel.
Mantiene el criterio de convocar a personas exprtas, representantes empresariales, sindicales sociales que tuvieran competencia técnica o interés en los asuntos a tratar.
Y como se pretende garantizar el principio de representación equilibrada entre mujeres y hombres, "se recomienda la búsqueda de la presencia equilibrada de personas de ambos sexos en los diferentes nombramientos".
La Presidencia es atribuida a la persona titular del Departamento competente en la gestión administrativa de Juego.