La Sección Segunda de la Sala del Contencioso Administrativo reconoce los recursos planteados por los sectores de hostelería y restauración contra la decisión de elevar a 'nivel 3' de alerta en la isla de Tenerife.
La adopción de ese nivel de alerta significaba que bares, cafeterías y restaurantes no podían abrir sus interiores. El Auto constituye otro interesante referente argumental.
El TSJC señala que "ni el cierre de los locales de hostelería, ni la limitación de aforo en terrazas se ha demostrado como causas de contagios, ni tales medidas se prevén como una solución".
Paralelamente la argumentación del Contencioso-Administrativo precisa que "la medida no resiste agravio comparativo al interés público reflejado en perjuicio económico que le causa al sector de restauración y hostelería, esencial y estratégico para la supervivencia económica de la isla que ha sufrido en los últimos meses un verdadero calvario, causante principal de pérdida del 13% del PIB que le sitúa a la cabeza de los peores datos entre comunidades autónomas".