El Servicio Jurídico del Ejecutivo estima que el fallo del TSJPV "carece de justificación y vulnera el principio de proporcionalidad".
A su juicio, "es incongruente sostener a la vez que las medidas adoptadas se justifican en la situación epidemiológica y no contradicen los criterios orientativos del Plan Bizi Berri II, y simultáneamente no se realizó un análisis específico sobre las medidas impugnadas, ni sobre su necesidad, proporcionalidad e idoneidad y además sobre la base que no exista algún informe concreto sobre las medidas adoptadas".
El Gobierno Vasco señala que el Tribunal Supremo ya ha indicado que "la exigencia de justificación no significa informes prolijos y variados según el lugar, ni se traduce en la exigencia de que se extiendan a lo largo de un número determinado de páginas".