La Resolución de 28 de noviembre, que firma el director General de Tributos, Francisco Pozuelo y fue publicada en el BOA del 7 de diciembre, diferencia dos fechas para efectuar la gestión: 1 de diciembre de 2022 y 1 de enero de 2023.
En el primer caso (1 de diciembre de 2022) son los modelos 052 y 056 los referenciados para el cumplimiento de la tasa de juego:
- 052, que refiere el modelo de autoliquidación de Rifas, Tómbolas, Combinaciones Aleatorias y Concursos.
- 056, que cumplimenta la autoliquidación y anexo de Máquinas y Aparatos Automáticos.
A partir del 1 de enero de 2023 otros cinco modelos de autoliquidación son incorporados para realizar el pago de la tasa de juego. - 050 en el caso del Bingo electrónico para autoliquidación y anexo
- 053 para autoliquidación de la tasa del Bingo tradicional
- 054 relativa a autoliquidación de la tasa del Casino
- 055 referida a la autoliquidación de Nuevas autorizaciones y Autorizaciones provisionales
- 057 corresponde a autoliquidación y anexo de la tasa de juego de Apuestas