El TSJ de Extremadura ratificó la reducción de horarios y aforos que había solicitado la Junta. A partir de las 0 horas del lunes 2 de agosto se generalizan las medidas de 'nivel 2' de alerta: el horario nocturno se reduce de las 03 a las 02 horas y el aforo interior de la hostelería se limita al 30%.
En Cantabria la Consejería de Sanidad publicó el viernes la Resolución que permite a quienes presenten 'pasaporte Covid' acceder al interior de locales de hostelería cuando los municipios donde se encuentren situados figuren en 'niveles de alerta 3 y 4' (alto y extremo): sólo son válidos test recientes con PCR hecha hasta 72 horas antes o un test rápido de antígenos realizado en las 48 horas anteriores al acceso al local. La medida es recurrible en el plazo de 1 mes a contar desde el sábado 31 de julio, o bien mediante recurso contencioso-administrativo en 2 meses ante el TSJ de Cantabria.
En Canarias la Resolución del 30 de julio (publicada en el BOC del 31 de julio) determina que en el período desde las 0 horas del 1 de agosto a las 0 horas del 31 de agosto se establezca el siguiente escalado de personas no convivientes en encuentros familiares y sociales, públicos y privados: nivel 1, un máximo de 10 personas; nivel 2, un máximo de 6 personas; nivel 3, un máximo de 4 personas, y; nivel 4, un máximo de 4 personas.