La Orden de 25 de noviembre modifica lo dispuesto en la precedente de 14 de septiembre relativa al Plan de Hostelería Segura de Galicia.
Los servicios de bar y cafetería habilitados en restaurantes y salones de banquetes deberán requerir el citado documento a quienes quieran acceder allí a partir de las 21 horas. Y otro tanto sucede con las cafeterías y restaurantes, que también lo exigirán a partir de las 21 horas.
La medida alcanza en el caso de Galicia a los establecimientos de juego, siempre que éstos ofrezcan servicio de bar y restauración. En tales casos requerirán que se muestre el 'pasaporte Covid' en las áreas de restauración o bar/cafetería de sus instalaciones.
El requisito tiene valor de "comprobación para el control de acceso". Según detalla el artículo segundo bis 5) de la Orden, la comprobación se efectuará únicamente con la finalidad expresada de control de acceso "y no se conservarán en ningún caso datos de carácter personal, ni serán creados ficheros con ellos".
La Xunta admite en la Orden que "será solicitada autorización judicial de la medida consistente en exhibir la documentación prevista en cuanto puede implicar limitación o restricción de derechos fundamentales".