El argumentario del TSJ de Cantabria para anular la Resolución de la Consejería de Sanidad de noviembre de 2020 es que la Orden se amparaba en el real decreto estatal que imponía el 'estado de alarma' y fue declarado inconstitucional el pasado octubre por el Tribunal Constitucional.
Por analogía hay que interpretar que el fallo tiene una derivada también en el cierre de los establecimientos de juego de Cantabria por lo que, pese a que la Administración Revilla ya comunicó ayer su intención de recurrir el fallo, de momento la presunción de recursos a la que nos referíamos en nuestra edición de ayer acrecienta algo más que una posibilidad cierta.
"La Consejería de Sanidad dictó la Resolución al amparo del decreto del presidente de Cantabria, que le apoderó para dictar medidas en el estado de 'nueva normalidad', pero tal decreto se remonta al 'estado de alarma' que ha sido declarado inconstitucional".
"Si ni siquiera era posible delegar a favor del Ministerio de Sanidad al quedar huérfano de control parlamentario, menos aún a favor de una comunidad autónoma y ésta, en virtud de dicha delegación, a favor de su consejero", detalla el Auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC.
"La rendición de cuentas del Gobíerno quedó desvirtuada por esta delegación a las comunidades autónomas y cancelado el régimen de control que, en garantía de los derechos de todos, corresponde al Congreso de los Diputados bajo el 'estado de alarma'", sigue indicando el fallo que el Gobierno de Cantabria prevé recurrir.