La iconografía del PROCICAT acerca del aforo de los establecimientos de juego que adjuntamos y que sitúa en el 70% genera una discrepancia sobre el límite del 50% indicado en la Resolución 8/2022, de 4 de enero, publicada en el DOGC del 5 de enero.
En Aragón la disposición caducaba el sábado 8 de enero, pero la Orden del Departamento de Sanidad publicada el viernes pasado prolonga el ámbito temporal por espacio de un nuevo mes. Las salas de fiesta, discotecas, pubs, salas de baile y establecimientos de juego con un aforo máximo permitido igual o superior a 50 personas requieren la previa presentación del 'certificado Covid'. Igualmente es exigido para este mismo perfil de locales si el aforo es inferior a 50 personas a partir de las 21 horas.
La aplicabilidad de lo dispuesto en la Orden se subordina a lo dispuesto en el Auto de 17 de diciembre de 2021 de la Sala Tercera (Sección Primera) del TSJ de Aragón, dictado en procedimiento de Derechos Fundamentales número 864/2021.
En Catalunya la Resolución 8/2022, de 4 de enero, a partir del 7 de enero y por espacio de catorce días el aforo de los establecimientos de juego y hostelería se fija en el 50%, aunque la iconografía del PROCICAT que reproducimos en la presente información indica el 70%; el máximo de grupos en interior se fija en 10 personas, y; cumplimiento de las medidas del plan sectorial de locales de juego aprobado por el PROCICAT.
Los horarios de apertura en hostelería y locales de juego en Catalunya se mantienen de 06 a 0:30 horas, que en el caso de hostelería permite 30 minutos adicionales para el desalojo. El 'certificado Covid' es exigible en locales o espacios donde se desarrollen actividades de restauración.
El ocio nocturno permanece cerrado.