El Departamento de Sanidad ha solicitado al Contencioso del TSJA una autorización previa para establecer el 'pasaporte Covid' a través de una Orden que modula las medidas en 'nivel de alerta 2' y éste formula una cuestión prejudicial.
La disposición del Ejecutivo aragonés sometida a ratificación del TSJA ha incluido el requisito de mostrar el 'pasaporte Covid' en los locales de hostelería, restauración, discotecas y salas de fiesta.
Ante la petición del Ejecutivo aragonés, el TSJA señala que no puede adelantarse a la resolución del Tribunal Constitucional por lo que plantean cuestión de inconstitucionalidad por el artículo 10.8 de la ley de Jurisdicción Contencioso Administrativa y por vulneración de los artículos 106.1 y 117.3 y 4 de la Constitución española.
Los magistrados cuestionan el redactado del artículo 10.8 de la ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa porque "dota a la jurisdicción de una dimensión diferente a la que le corresponde como propia, pues la Sala tiene función revisora y no de cogobierno".
Recuerda el TSJA que "los jueces no ejercen como juez de garantías, sino que participan de una función que sólo corresponde a la Administración: la función administrativa o en su caso la reglamentaria, al renunciar la Administración a la presunción de legalidad de su propia actuación, que es la base y el fundamento de la autotutela de la Administración".